Saludo

Términos y condiciones: Cambia y paga

 

Quien suscribe, FRANCA MILELLA DI BARI, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, domiciliada en la ciudad de Caracas, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.227.460, actuando en este acto en nombre y representación del Banco del Caribe, C.A. Banco Universal (Bancaribe), domiciliado en Caracas, inscrito en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el 9 de julio de 1958, bajo el Nº 74, Tomo 16-A, refundidos sus Estatutos Sociales en un solo texto según consta en asiento inscrito en el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital, en fecha 16 de agosto de 2019, bajo el N° 23, Tomo 185-A-Sdo., inscrito en el Registro de Información Fiscal bajo el Nº J-000029490 (en lo adelante, Bancaribe), suficientemente facultada según se evidencia de instrumento poder protocolizado en el Registro Público del Sexto Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, el día 4 de mayo de 2017, bajo el N° 22, folio 129, tomo 9 del protocolo de transcripción del año 2017, declaro: por medio del presente documento se establecen los Términos y Condiciones del Servicio Cambia y Paga con Mi Cuenta en Divisas Bancaribe que regulan el servicio bancario debidamente aprobado por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, según comunicación emitida en fecha 05 de diciembre de 2022, bajo el N° SIB-II-GGR-GA-08966, contenido en las siguientes cláusulas:

Términos y Condiciones del Servicio Cambia y Paga con Mi Cuenta en Divisas

Bancaribe

Entre el Banco del Caribe, C.A. Banco Universal (Bancaribe), domiciliado en Caracas, inscrito en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el 9 de julio de 1958, bajo el Nº 74, Tomo 16-A, refundidos sus Estatutos Sociales según consta en asiento inscrito en el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital, en fecha 16 de agosto de 2019, bajo el N° 23, Tomo 158-A-Sdo., inscrito en el Registro Único de Información Fiscal (RIF) bajo el N° J-000029490, por una parte y, por la otra el Cliente, se ha convenido celebrar el presente contrato que regula el servicio denominado Cambia y Paga con Mi Cuenta en Divisas Bancaribe, en adelante el Servicio, el cual se regirá por las cláusulas que se indican a continuación:

PRIMERA: Definiciones. Para una mejor comprensión e interpretación del presente documento, los términos que de seguida se indican tendrán el significado contenido en las siguientes definiciones, los cuales podrán utilizarse en forma indistinta en cualquier número o género, en singular o plural, según corresponda:

  1. Cliente: es la persona natural titular de una Cuenta y de Mi Cuenta en Divisas en Bancaribe, que previa aceptación de los términos y condiciones del Servicio, realiza operaciones de venta de divisas con el objeto de hacer pagos mediante el uso de la Tarjeta de Débito asociada a su Cuenta, así como enviar pagos o transferencias a otro Cliente y/o al Usuario a través del Servicio Mi Pago Bancaribe.
  2. Usuario: es la persona natural y/o jurídica titular de una cuenta de depósito en cualquier otra institución del sistema bancario nacional, que recibe pagos del Cliente mediante el uso de Tarjeta de Débito en un Punto de Venta (Pos) y/o de la Red de Pago Móvil Interbancario, mediante la utilización de un Número de Telefonía Móvil.
  3. Servicio: se refiere al servicio que Bancaribe pone a disposición del Cliente para que pueda vender sus divisas a través del mecanismo de menudeo en los términos y condiciones establecidos y regulados por el Banco Central de Venezuela (BCV) con el objeto de obtener los bolívares necesarios para realizar el pago de bienes y/o servicios, mediante el uso de la Tarjeta de Débito en un Punto de Venta (Pos), del servicio Mi Pago Bancaribe, así como cualquier otro medio de pago que pudiera habilitar Bancaribe . El Servicio estará disponible a través de la banca por internet y de la banca móvil.
  4. Cuenta: se refiere a una cuenta de depósito bancario en Bolívares a la vista, abierta en Bancaribe por el Cliente, desde la cual se debitan los Bolívares para el pago de bienes y/o servicios mediante el uso de la Tarjeta de Débito en un Punto de Venta (POS), del Servicio Mi Pago Bancaribe, así como cualquier otro medio de pago que pudiera habilitar Bancaribe.
  5. Conexión Bancaribe: se refiere al servicio de banca por internet y/o banca móvil ofrecido por Bancaribe, mediante el cual el Cliente, podrá realizar las operaciones y obtener los servicios que Bancaribe ponga a su disposición a través de cualquiera de los canales que habilite al efecto.
  6. Clave: es la combinación alfanumérica, de carácter confidencial e intransferible, creada por el Cliente para su uso personal y exclusivo, necesaria para ingresar al servicio Conexión Bancaribe.
  7. Dispositivo: todo equipo electrónico y/o dispositivo móvil vinculado a un Número de Telefonía Móvil, propiedad de, o asignado en uso al Cliente y/o al Usuario, que cuenta con las características técnicas suficientes y los servicios o planes asociados para hacer uso del Servicio.
  8. Mi Cuenta en Divisas: se refiere a una cuenta de depósito bancario en moneda extranjera a la vista, no remunerada, abierta en Bancaribe por el Cliente, desde la cual, previa autorización del Cliente, se debitarán las divisas para su venta a través del mecanismo de menudeo en los términos y condiciones establecidos y regulados por el Banco Central de Venezuela (BCV).
  9. Número de Telefonía Móvil: se refiere al número de teléfono móvil asignado al Cliente y/o al Usuario por una operadora de telefonía móvil nacional, el cual utiliza el Cliente como dato fundamental para afiliarse al Servicio Mi Pago Bancaribe.
  10. Servicio Mi Pago Bancaribe: se refiere al servicio de pago móvil ofrecido por Bancaribe para que el Cliente realice y/o reciba pagos o transferencias; así como las cobranzas electrónicas a nombre del mismo u otro Cliente afiliado a este servicio en Bancaribe o a nombre del Usuario afiliado a este tipo de servicio en otras instituciones bancarias a través de la Red de Pago Móvil Interbancario, mediante la utilización de un Número de Telefonía Móvil.
  11. Tarjeta de Débito: es el instrumento magnético, electrónico o de otra tecnología que permite al tarjetahabiente realizar consumos o hacer retiros de dinero en efectivo con cargo automático a los haberes de una cuenta bancaria en Bancaribe y que es emitida previa solicitud del titular de la cuenta bancaria.
  12. Términos y Condiciones: se refiere a las estipulaciones contenidas en este contrato que regirán el Servicio, las cuales son aceptadas en este acto por el Cliente. Queda expresamente entendido que la sola activación y/o uso por parte del Cliente de cualquiera de las modalidades ofrecidas por el Servicio Cambia y Paga con Mi Cuenta en Divisas Bancaribe, serán interpretadas como manifestación de la aceptación de los Términos y Condiciones que regulan el Servicio.
  13. Punto de venta (Pos): dispositivo electrónico utilizado por las personas naturales y jurídicas afiliadas para transmitir y autorizar operaciones de pago que efectúan los consumidores con Tarjetas de Débito, tarjetas de crédito y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico, para la adquisición de bienes o servicios
  14. Red de Pago Móvil Interbancario: se refiere a la red nacional que interconecta y relaciona a las instituciones del sector bancario pagadoras con las receptoras de fondos, a los efectos de la autorización, transmisión y compensación de las operaciones efectuadas a través de dispositivos móviles, cajeros automáticos u otros equipos electrónicos.

SEGUNDA: Objeto. Este contrato tiene por objeto establecer los Términos y Condiciones que regulan el Servicio, el cual es aceptado por el Cliente al momento de su activación.

TERCERA: Condiciones Previas para la Prestación del Servicio. Para la prestación del Servicio el Cliente, requiere: (i) ser titular de la Cuenta; (ii) ser titular de Mi Cuenta en Divisas; (iii) poseer una Tarjeta de Débito activa; (iii) estar afiliado al Servicio Mi Pago Bancaribe ; (iv) poseer un Número de Telefonía Móvil asociado al Servicio Mi Pago Bancaribe (v) activar el Servicio; vi) utilizar un Dispositivo, dispositivo móvil u otro equipo electrónico con las características técnicas y los servicios o planes asociados requeridos para la ejecución del Servicio; y, (vii) cumplir con cualquier otro requisito exigido por Bancaribe para el uso del Servicio.

Parágrafo Primero: El Servicio es de carácter voluntario para el Cliente; por lo tanto, éste podrá activar y desactivar cualquiera de las modalidades de uso del Servicio cuando así lo decidiere.

CUARTA: Activación del Servicio mediante el uso de la Tarjeta de Débito. Para activar y utilizar el Servicio es indispensable que el Cliente, ingrese a Conexión Bancaribe o a cualquier otro canal que Bancaribe habilite al efecto; siga las instrucciones allí indicadas, suministre la información que Bancaribe considere necesaria para realizar dicha activación y acepte los Términos y Condiciones que se encuentran a su disposición tanto en la página web como en la banca móvil y/o banca por internet.

QUINTA: Activación del Servicio mediante el uso del Servicio Mi Pago Bancaribe. Para activar y utilizar el Servicio es indispensable que el Cliente, ingrese al Servicio Mi Pago Bancaribe o a cualquier otro canal que Bancaribe habilite al efecto; siga las instrucciones allí indicadas, suministre la información que Bancaribe considere necesaria para realizar la operación a que se refiere el Servicio y acepte los Términos y Condiciones que se encuentran a su disposición tanto en la página web como en la banca móvil y/o banca por internet.

SEXTA: Operaciones Bancarias. El Cliente, una vez que haya activado el Servicio, podrá: (i) vender sus divisas a través del mecanismo de menudeo en los términos y condiciones establecidos y regulados por el Banco Central de Venezuela (BCV) o cualquier otro mecanismo que le sea permitido a Bancaribe utilizar, con el objeto de obtener los bolívares necesarios para el pago de bienes y/o servicios mediante el uso de la Tarjeta de Débito en un Punto de Venta (Pos) y/o del servicio Mi Pago Bancaribe; y, (ii) utilizar cualquier otro medio de pago que pudiera habilitarse en el futuro asociado al Servicio; en el entendido que cualquier servicio, función o característica que se pretenda incorporar al Servicio deberá contar con la previa autorización de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable; y con la debida información a los clientes.

SÉPTIMA: Montos Máximos y Número de Transacciones Diarias. El Cliente podrá establecer los montos máximos y el número de transacciones diarias de los pagos o transferencias que hará a través del Servicio Mi Pago Bancaribe, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable. En ningún caso dichos montos y transacciones podrán ser superiores a los límites máximos establecidos e informados por Bancaribe para este Servicio.

OCTAVA: Autorización de débito en Mi Cuenta en Divisas para la venta a través de menudeo. Con la aceptación electrónica de este contrato, el Cliente instruye y autoriza irrevocablemente a Bancaribe, para que debite de Mi Cuenta en Divisas, las divisas necesarias para su venta a través del mecanismo de menudeo en los términos y condiciones establecidos y regulados por el BCV y depositar los bolívares en su Cuenta para destinarlos al pago de bienes y/o servicios mediante el uso de la Tarjeta de Débito en  Puntos de Venta (Pos) y/o del servicio Mi Pago Bancaribe, así como cualquier otro medio de pago previsto en la Cláusula Quinta; a la tasa de cambio aplicable para la fecha de la operación de venta de divisas de conformidad con la normativa cambiaria dictada por el BCV al efecto. Esta autorización incluye todas las comisiones, gastos e impuestos en bolívares asociados a la operación de venta de divisas.

NOVENA: Obligaciones de Bancaribe. Bancaribe se obliga a: (i) notificar al Cliente de forma inmediata las operaciones realizadas o autorizadas por él a través del Servicio mediante  un correo electrónico o un mensaje de texto (SMS) o a través de cualquier otro mecanismo de notificación que Bancaribe habilite al efecto; (ii) garantizar al Cliente la confidencialidad y resguardo de la información suministrada, tanto para la activación del  Servicio, como para la ejecución de las operaciones realizadas a través del Servicio; y, (iii) proteger la transmisión de los datos suministrados por el Cliente para la ejecución de las operaciones a través del Servicio, mediante una infraestructura de seguridad de la información dentro de los niveles establecidos en la normativa vigente.

DÉCIMA: Obligaciones del Cliente. Para garantizar la seguridad y correcto uso del Servicio, Bancaribe por los presentes Términos y Condiciones cumple con informar al Cliente, que éste último deberá: (i) mantener actualizada la información suministrada a Bancaribe para la prestación del Servicio; (ii) conservar activo cualquier Número de Telefonía Móvil afiliado al Servicio Mi Pago Bancaribe y en consecuencia, al Servicio; (iii) preservar adecuadamente la Clave de la Tarjeta de Débito y el(los) Dispositivo(s); así como la contraseña de la banca móvil y la banca por internet para evitar que terceros hagan uso indebido del Servicio. En caso de cambio del (de los) Número(s) de Telefonía Móvil, el Cliente deberá actualizar la información ingresando a través de Conexión Bancaribe o cualquier otro canal que Bancaribe habilite al efecto; (iv) utilizar el Servicio conforme a los términos del contrato; (v) mantener los mejores y más actualizados niveles de seguridad en el (los) Dispositivo(s) a través del (de los) cual(es) realizará las transacciones del Servicio; (vi) en caso de hurto, robo o pérdida del (de los) Dispositivo(s), dar aviso inmediatamente a Bancaribe  a través del Centro de Atención Mi Contacto Bancaribe para realizar el bloqueo de la Cuenta e ingresar a Conexión Bancaribe o a cualquier otro canal que Bancaribe habilite al efecto para la desactivación del Servicio; y, (vii) revisar periódicamente las sugerencias publicadas en la página web de Bancaribe relacionadas con la seguridad informática, protección de las cuentas y de las claves de acceso para el uso de los distintos servicios y ponerlas en práctica.

DÉCIMA PRIMERA: Seguridad de los Dispositivos. Son de la exclusiva cuenta y riesgo del Cliente, las operaciones bancarias realizadas mediante dispositivos que no sean de su propiedad o que sean de uso público, o que no cuenten con las medidas de seguridad adecuadas para la correcta utilización del Servicio.

DÉCIMA SEGUNDA: Licitud de los Fondos. Al solicitar el Servicio, el Cliente garantiza  que los fondos que se depositen o acrediten en la Cuenta: (i) proceden de fuentes lícitas; (ii) no tienen relación directa ni indirecta con fondos provenientes de las actividades ilícitas contempladas en la normativa que regula y sanciona la materia de prevención y control de la legitimación de capitales, el financiamiento al terrorismo, el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, la delincuencia organizada y demás leyes aplicables; y, (iii) no provienen de actividades tipificadas como ilícitos, conforme a las normas que regulan la materia cambiaria. El Cliente deberá suscribir las declaraciones que al respecto le fueran solicitadas por Bancaribe, así como suministrar la información necesaria y suficiente para la correcta verificación de la fuente lícita de los fondos, en acatamiento de las disposiciones legales nacionales e internacionales vigentes que regulan la materia de prevención y control de la legitimación de capitales y el financiamiento al terrorismo, así como cualquier otra norma nacional o internacional relacionada con las operaciones bancarias realizadas para o desde el país. El Cliente, conviene y acepta que Bancaribe tiene la facultad de aplicar los mecanismos de control contra la legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, y evasión de impuestos que, nacional e internacionalmente, sean pertinentes o que Bancaribe estime convenientes. Igualmente, el Cliente reconoce que Bancaribe podrá hacer seguimiento a los depósitos y transferencias realizados por terceras personas en la Cuenta, para evitar que se efectúen operaciones con fondos provenientes de las actividades ilícitas contempladas en el ordenamiento jurídico vigente.

DÉCIMA TERCERA: Eventos No Imputables a Bancaribe. El Cliente, exonera de toda responsabilidad a Bancaribe cuando ocurra cualquiera de los supuestos que de seguida se indican y, en consecuencia, no estará obligado al pago de indemnización alguna por daños y perjuicios, a saber: (i) si el Cliente incumple cualquiera de las obligaciones establecidas en este contrato y/o en cualquier otro que regule aquellos servicios o canales que Bancaribe ponga a su disposición; (ii) si el incumplimiento de Bancaribe se origina por la ocurrencia de casos fortuitos, razones de fuerza mayor o cualquier otra causa extraña que no le sea imputable, tales como fallas en el servicio eléctrico, telefónico, de Internet o de cualquier otra naturaleza; (iii) si ocurren fallas o desperfectos en la línea de telefonía móvil o en la transmisión de la data por causas imputables a los operadores de telefonía móvil; (iv) si el Cliente incurre en errores en la carga de la información requerida para efectuar las transferencias electrónicas a través del Servicio; y, (v) por los eventuales daños y perjuicios ocasionados por la posible contaminación de los llamados “virus informáticos” que vulneren el(los) Dispositivo(s) u otro(s) equipo(s) a través del (de los) cual(es) el Cliente haga uso del Servicio..

DÉCIMA CUARTA: Tarifas y Comisiones. Bancaribe podrá realizar el cobro, con cargo a la Cuenta o a cualquier otra cuenta de depósito que el Cliente mantenga o llegare a tener en Bancaribe, de las cantidades derivadas de la prestación del Servicio, sujeto a las disposiciones legales vigentes y de acuerdo a la tabla de tarifas y comisiones que Bancaribe mantiene a disposición del Cliente en su red de oficinas y en su página web conforme a lo dispuesto por el Banco Central de Venezuela (BCV); así como cualquier otro cobro por los gastos en que pueda incurrir para la prestación del Servicio. El Cliente se obliga a mantener fondos suficientes en la Cuenta que le permitan a Bancaribe realizar el débito que corresponda en cada oportunidad por la comisión u otro cargo a su favor derivados del Servicio. En caso contrario, el Cliente autoriza a Bancaribe a suspender el Servicio.

DÉCIMA QUINTA: Del Carácter del Contrato. El presente contrato es de carácter intuitu personae respecto al Cliente, por lo que éste no podrá ceder su objeto, ni los derechos y obligaciones derivados del mismo, sin la autorización previa de Bancaribe otorgada por escrito.  

DÉCIMA SEXTA: De conformidad con la normativa vigente y los procedimientos internos establecidos, Bancaribe procederá a realizar de manera automática el reintegro al Cliente, mediante depósito en la Cuenta de los bolívares correspondientes a la operación de pago de bienes o servicios realizada por alguno de los mecanismos de pago señalados en el presente contrato, de los reclamos que previo análisis resulten procedentes. Respecto a los reclamos derivados de la operación de venta de divisas, los mismos se tramitarán y resolverán mediante los procesos aplicables conforme a las resultas de las investigaciones realizadas en cada caso. El cliente se obliga a entregar todos los soportes relacionados con la operación, así como cualquier información adicional que Bancaribe le solicitare.

DÉCIMA SÉPTIMA: Vigencia. La duración del contrato será a partir de la activación del Servicio por el Cliente. No obstante, el Cliente podrá, realizar la desactivación del mismo en el momento que lo requiera, ingresando a Conexión Bancaribe, o a cualquier otro canal que Bancaribe   habilite al efecto; y dar por terminado este contrato sin necesidad de justificar las causas o motivos de su decisión y sin que surja para Bancaribe ni para el Cliente derecho alguno de reclamar indemnización por los eventuales daños o perjuicios que se pudieran derivar por dicha terminación anticipada. Bancaribe, previa demostración de que el Cliente incumpla con cualquiera de las obligaciones que rigen el Servicio, se reserva el derecho de suspender temporal o definitivamente la prestación del Servicio, notificándole por escrito al Cliente el o los motivos del incumplimiento del mismo.

DÉCIMA OCTAVA: Normas Supletorias. En todo lo no previsto en estos Términos y Condiciones se aplicará de manera supletoria lo dispuesto en: (i) el contrato del servicio Conexión Bancaribe; (ii) el contrato de Productos Pasivos a la Vista del Banco Del Caribe, C.A. Banco Universal (Bancaribe); (iii) el contrato del Servicio Mi Pago Bancaribe; y, el contrato de Tarjeta de Débito Maestro (Bancaribe); (iii) cualquier otro que conforme a la normativa legal vigente le sea aplicable, que el Cliente declara que conoce y acepta.

DÉCIMA NOVENA: Cambios Normativos. Los Términos y Condiciones se adaptan a la normativa vigente que regula la materia. En consecuencia, de producirse modificaciones en la normativa aplicable durante la vigencia del Servicio que afecten los Términos y Condiciones aquí estipulados, dichos cambios se considerarán integrados al presente contrato.

VIGÉSIMA: Modificaciones. Bancaribe previo cumplimiento de la normativa vigente y la autorización de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban), se reserva el derecho a modificar, en forma parcial o total, los presentes Términos y Condiciones; les dará publicidad, de ser el caso, y los pondrá a disposición del Cliente por cualquier medio para su aceptación.

VIGÉSIMA PRIMERA: Notificaciones. En caso de que Bancaribe deba realizar alguna notificación al Cliente, la misma será hecha mediante comunicación enviada a la dirección electrónica o al Número de Telefonía Móvil que éste haya suministrado a Bancaribe, a elección de este último. Cualquier notificación que deba efectuar el Cliente a Bancaribe deberá hacerla mediante comunicación escrita dirigida a Bancaribe y entregada en la dirección física de cualquiera de sus oficinas, o en las taquillas de correspondencia ubicadas en su sede principal, en la avenida Francisco de Miranda, Centro Galipán, Torre Bancaribe, urbanización El Rosal, Municipio Chacao, Estado Miranda, Caracas – Venezuela.

VIGÉSIMA SEGUNDA: Lectura Previa. El Cliente declara que ha leído los Términos y Condiciones, los ha entendido y aprobado por vía electrónica sin reserva alguna, a efectos de lo cual se cumplieron las condiciones de ingreso a Conexión Bancaribe o a cualquier otro canal que Bancaribe habilite al efecto; mediante los mecanismos de autenticación requeridos para ello, en cumplimiento del ordenamiento jurídico venezolano vigente.

VIGÉSIMA TERCERA: Domicilio. Para todos los efectos derivados del Servicio, las partes eligen como domicilio especial el lugar de su celebración, a la jurisdicción de cuyos tribunales declaran expresamente someterse, sin perjuicio para Bancaribe de poder ocurrir ante cualquier otra jurisdicción competente según la ley.

El presente documento contiene los Términos y Condiciones del SERVICIO CAMBIA Y PAGA CON MI CUENTA EN DIVISAS BANCARIBE y quedó registrado en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 21 de diciembre de 2023, bajo el N° 26, Tomo 26-C